Orden INT/25/2026: los 7 importantes cambios que transforman la habilitación de los instructores de tiro
Con la Orden INT/25/2026 la formación del personal armado de seguridad privada inicia una nueva etapa. Tras años de regulación basada en resoluciones administrativas y normas dispersas, el Ministerio del Interior ha aprobado una norma que redefine por completo el sistema de habilitación de los instructores de tiro y establece un marco mucho más exigente para quienes tienen la responsabilidad de formar a los vigilantes de seguridad que portan armas de fuego durante el desempeño de sus funciones.
Aunque los ejercicios de tiro ya estaban regulados desde hace años, con la última actualización que entró en vigor el pasado diciembre de 2.025, la figura del instructor carecía de una normativa específica que desarrollara aspectos esenciales como la formación previa, los requisitos de acceso, la renovación de la habilitación, las funciones que debía desempeñar o las causas por las que podía perder esa condición.
La nueva Orden viene a cubrir ese vacío normativo y lo hace con un objetivo muy claro: profesionalizar la figura del instructor de tiro, unificar los criterios en todo el territorio nacional y reforzar los mecanismos de control sobre una actividad especialmente sensible para la seguridad pública.
La reforma afecta directamente a los futuros instructores de tiro, a quienes ya ejercen esta función, a los centros de formación autorizados y, de forma indirecta, a las empresas de seguridad privada que prestan servicios con personal armado. También supone un incremento del protagonismo del Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE) de la Guardia Civil, que asumirá un papel central en la supervisión del nuevo sistema.
Si quieres conocer el marco general que regula la actividad de las empresas y del personal de seguridad privada, puedes ampliar información en nuestro artículo dedicado a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.
¿Por qué era necesaria esta reforma?
La regulación de los instructores de tiro había quedado desfasada respecto a la evolución del propio sector de la seguridad privada.
Durante años, el acceso a la habilitación, la organización de la formación y el control de los instructores se apoyaban en normas dispersas que no desarrollaban con suficiente detalle aspectos esenciales como la acreditación del profesorado, las condiciones que debían reunir los centros de formación o los procedimientos para suspender o retirar una habilitación.
Con la aprobación de la Orden INT/25/2026, el Ministerio del Interior pretende dotar al sistema de una mayor seguridad jurídica, establecer criterios homogéneos para todo el territorio nacional y garantizar que la formación de los vigilantes de seguridad armados sea impartida por profesionales con una preparación técnica y docente adecuadamente acreditada.
En otras palabras, la reforma no cambia únicamente el procedimiento para obtener la habilitación; también redefine el modelo de formación y control de quienes serán responsables de instruir al personal armado de la seguridad privada durante los próximos años.
Las 7 claves de la nueva Orden INT/25/2026
Antes de analizar en detalle cada una de las novedades, estas son las principales reformas que introduce la nueva norma:
- Curso oficial obligatorio antes de poder acceder a la habilitación.
- Nuevos requisitos para los centros de formación, sometidos a una mayor supervisión.
- Sistema oficial de acreditación del profesorado encargado de impartir los cursos.
- Habilitación con una vigencia limitada de cinco años, sujeta a renovación.
- Régimen específico de suspensión y pérdida de la habilitación por incumplimientos o pérdida de requisitos.
- Definición expresa de las funciones y responsabilidades del instructor de tiro.
- Mayor protagonismo de la Guardia Civil, a través del SEPROSE, en todo el proceso de formación, habilitación e inspección.
Cada una de estas medidas responde a un mismo objetivo: elevar la calidad de la formación, mejorar la seguridad durante los ejercicios de tiro y garantizar que todos los instructores actúen bajo criterios uniformes en cualquier punto de España.
¿Qué cambia con la Orden INT/25/2026?
La principal diferencia respecto al sistema anterior es que desaparece la dispersión normativa. Por primera vez, una única disposición regula de forma ordenada todos los aspectos relacionados con la figura del instructor de tiro: desde el acceso a la habilitación hasta su renovación, las funciones que puede desempeñar, el control de los centros de formación y las causas por las que puede ser suspendido o perder definitivamente su acreditación.
La Orden también responde a una demanda histórica del sector: disponer de un procedimiento homogéneo que elimine interpretaciones diferentes y garantice que todos los instructores reciban la misma formación y sean evaluados bajo los mismos criterios.
No se trata únicamente de endurecer los requisitos, sino de establecer un modelo más profesional, transparente y adaptado a la realidad actual de la seguridad privada.

1. Curso oficial obligatorio antes de obtener la habilitación
Una de las principales novedades de la Orden INT/25/2026 es que los aspirantes ya no podrán presentarse directamente a las pruebas de habilitación. Antes deberán acreditar que han superado un curso oficial de formación previa impartido por un centro autorizado.
Hasta ahora, la normativa no regulaba con este nivel de detalle cómo debía ser esa formación. La nueva Orden no incorpora el temario —que será aprobado por la Dirección General de la Guardia Civil en cada convocatoria oficial—, pero sí fija las características mínimas que deberán cumplir todos los cursos.
Entre los requisitos establecidos destacan:
- Duración mínima de 50 horas lectivas.
- Desarrollo del curso en un plazo máximo de tres semanas.
- División en dos bloques diferenciados, uno teórico y otro práctico.
- Cada bloque deberá contar con una duración mínima de 15 horas.
- La formación teórica podrá impartirse de forma presencial o mediante aula virtual, siempre que exista interacción directa entre profesorado y alumnado.
- La formación práctica será obligatoriamente presencial.
- Las prácticas no podrán realizarse con fuego real, munición de fogueo ni otros sistemas similares.
- El contenido concreto del programa será aprobado por la Dirección General de la Guardia Civil en cada convocatoria oficial.
¿Qué persigue esta medida?
Con este cambio, el Ministerio del Interior pretende que todos los aspirantes accedan a las pruebas oficiales con una preparación homogénea.
Hasta ahora podían existir diferencias significativas entre unos programas y otros. A partir de la entrada en vigor de la Orden, todos los futuros instructores deberán acreditar unos conocimientos mínimos comunes antes de someterse al proceso de habilitación.
En la práctica, esta medida profesionaliza el acceso a la especialidad y aproxima el sistema al modelo que ya existe en otras profesiones vinculadas con la seguridad y el uso de armas de fuego.
La regulación del curso previo constituye, por tanto, uno de los pilares sobre los que se apoya toda la reforma, ya que garantiza que los futuros instructores comiencen el proceso de habilitación con una base formativa común y sometida al control de la Guardia Civil.
2. Los centros de formación estarán sometidos a un mayor control
Uno de los cambios que más repercusión tendrá para el sector afecta directamente a los centros de formación autorizados. La Orden INT/25/2026 establece por primera vez un conjunto de requisitos específicos para autorizar su apertura, regular su funcionamiento y garantizar que todos impartan la formación bajo los mismos estándares de calidad.
Hasta ahora existían criterios generales, pero la nueva regulación desarrolla de forma mucho más precisa las obligaciones que deberán cumplir estos centros para poder impartir el curso previo de acceso a la habilitación como instructor de tiro.
El objetivo es doble: por un lado, asegurar que la formación se desarrolla en instalaciones adecuadas y con medios suficientes; por otro, reforzar el control administrativo sobre una actividad especialmente sensible para la seguridad pública.
Requisitos que deberán cumplir los centros
La nueva Orden establece que los centros de formación deberán acreditar una serie de condiciones antes de iniciar su actividad.
Entre las obligaciones más relevantes destacan:
- Presentar una declaración responsable ante el Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE) de la Guardia Civil antes del inicio de la actividad, quedando desde ese momento sometidos a sus labores de inspección y control.
- Acreditar el derecho de uso del inmueble donde se impartirá la formación, ya sea mediante propiedad, arrendamiento o cualquier otro título jurídico válido.
- Disponer de la correspondiente licencia municipal de apertura o funcionamiento, conforme a la normativa vigente.
- Contar con instalaciones adecuadas para desarrollar tanto la formación teórica como la práctica, garantizando unas condiciones óptimas de seguridad y enseñanza.
- Disponer de un cuadro de profesores oficialmente acreditados, ya que únicamente podrán impartir estos cursos quienes hayan obtenido la acreditación prevista en la propia Orden.
- Comunicar cualquier modificación que afecte a las condiciones inicialmente declaradas, manteniendo actualizada toda la información ante la Administración.
Más inspecciones y mayor supervisión
La Orden refuerza de forma significativa el control que ejercerá la Guardia Civil sobre los centros autorizados.
El SEPROSE podrá comprobar que las instalaciones continúan reuniendo los requisitos exigidos, que la formación se ajusta al programa oficial y que el profesorado mantiene las condiciones necesarias para impartir las enseñanzas.
Este sistema permitirá detectar posibles incumplimientos y garantizar que todos los centros aplican unos criterios homogéneos, independientemente de la comunidad autónoma donde desarrollen su actividad.
En la práctica, supone pasar de un modelo basado principalmente en autorizaciones administrativas a otro con un seguimiento mucho más continuado.
Una medida para reforzar la imparcialidad
La nueva regulación incorpora además una limitación que busca evitar posibles conflictos de interés.
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que hayan ejercido funciones de inspección o control sobre un centro de formación durante los dos años anteriores no podrán ser titulares, administradores ni directores de ese mismo centro.
Con esta incompatibilidad se pretende reforzar la independencia de los procesos de inspección y preservar la objetividad en las labores de supervisión.
¿Qué cambia respecto al sistema anterior?
Aunque muchos centros ya cumplían buena parte de estos requisitos, la diferencia es que ahora quedan recogidos expresamente en una disposición normativa de aplicación nacional.
Esto implica una mayor seguridad jurídica tanto para la Administración como para los propios centros de formación, que dispondrán de un marco regulador mucho más claro sobre las condiciones que deben cumplir para desarrollar su actividad.
Desde el punto de vista práctico, la reforma obligará a revisar procedimientos internos, documentación administrativa, composición del profesorado y condiciones de funcionamiento, elevando el nivel de exigencia para todos los operadores autorizados.
3. Solo los docentes acreditados podrán impartir la formación oficial
Otra de las grandes novedades de la Orden INT/25/2026 afecta directamente a quienes impartirán la formación de los futuros instructores de tiro.
Hasta ahora no existía un procedimiento tan desarrollado para determinar quién podía ejercer como docente en estos cursos. La nueva regulación crea un sistema oficial de acreditación que busca garantizar que la enseñanza sea impartida exclusivamente por profesionales con experiencia, conocimientos técnicos y capacidad docente suficientemente acreditados.
Se trata de una medida que persigue homogeneizar la calidad de la formación y evitar diferencias entre unos centros y otros.
Nace la Comisión de Valoración del Profesorado
Para llevar a cabo este proceso, la Orden crea una Comisión de Valoración del Profesorado, adscrita a la Guardia Civil.
Este órgano será el encargado de analizar las solicitudes de acreditación y determinar si los candidatos reúnen los méritos necesarios para impartir la formación oficial.
De esta forma, la Administración deja de limitarse a comprobar requisitos administrativos y pasa a valorar también la capacidad técnica y docente de los aspirantes.
¿Qué méritos se valorarán?
La Comisión tendrá en cuenta diferentes aspectos relacionados con la trayectoria profesional y académica de cada candidato.
Entre ellos destacan:
- La experiencia profesional en el ámbito de las armas, el tiro y la seguridad privada.
- La formación académica y técnica relacionada con la materia.
- La experiencia docente acreditada.
- Las publicaciones, investigaciones o trabajos técnicos vinculados con el sector.
- Cualquier otro mérito que permita acreditar la capacidad para impartir la formación prevista en la Orden.
No bastará, por tanto, con disponer de experiencia profesional. También será necesario demostrar que se poseen las competencias docentes necesarias para formar a futuros instructores.
Una garantía para la calidad de la enseñanza
La creación de este sistema supone uno de los cambios más relevantes de toda la reforma.
Hasta ahora podían existir diferencias importantes en el perfil del profesorado entre unos centros y otros. Con la nueva regulación, todos los docentes deberán superar el mismo procedimiento de acreditación y cumplir unos criterios homogéneos establecidos por la Guardia Civil.
El objetivo final es que todos los alumnos, con independencia del centro donde realicen el curso, reciban una formación de calidad equivalente.
Más profesionalización para un sector estratégico
La acreditación oficial del profesorado constituye otro de los pilares sobre los que se apoya la Orden INT/25/2026.
Con esta medida, el Ministerio del Interior pretende elevar el nivel técnico de la enseñanza, reforzar la confianza en el sistema de formación y asegurar que quienes preparen a los futuros instructores de tiro cuenten con una cualificación suficientemente contrastada.
En conjunto, la regulación de los centros de formación y del profesorado refleja uno de los objetivos principales de la nueva norma: profesionalizar todos los niveles del proceso formativo y garantizar que la preparación del personal de seguridad privada armado responda a los mismos estándares de calidad en todo el territorio nacional.
4. La habilitación tendrá una vigencia de cinco años y estará sometida a un control periódico
Otra de las novedades más relevantes de la Orden INT/25/2026 es que la habilitación como instructor de tiro deja de entenderse como una autorización permanente. A partir de la entrada en vigor de la norma, tendrá una vigencia limitada de cinco años, transcurridos los cuales será obligatorio solicitar su renovación para poder seguir desempeñando esta función.
Esta medida responde a una idea sencilla: quienes forman al personal armado de la seguridad privada deben mantener actualizados sus conocimientos, conservar las aptitudes físicas y psicológicas necesarias y continuar reuniendo los requisitos legales que motivaron su habilitación inicial.
Hasta ahora, la regulación no desarrollaba con este nivel de detalle un procedimiento de renovación periódica, por lo que la nueva Orden introduce un sistema de control continuado que permitirá comprobar que los instructores mantienen las condiciones exigidas para ejercer una actividad de especial responsabilidad.
¿Cómo será el procedimiento de renovación?
La solicitud de renovación podrá presentarse durante los seis meses anteriores a la fecha de caducidad de la habilitación.
Durante ese procedimiento, la Administración verificará nuevamente que el instructor continúa reuniendo todos los requisitos exigidos por la normativa.
Entre los aspectos que deberán acreditarse destacan:
- Mantener la capacidad física y psicológica necesaria para el ejercicio de la actividad, mediante el correspondiente certificado de aptitud.
- Conservar en vigor la licencia de armas que resulte exigible.
- No haber perdido ninguno de los requisitos legales que permitieron obtener la habilitación inicial.
- No encontrarse afectado por ninguna de las causas de suspensión o pérdida previstas en la propia Orden.
En otras palabras, la renovación no consistirá en un simple trámite administrativo, sino en una comprobación completa de que el instructor continúa siendo apto para desarrollar sus funciones.
¿Qué ocurre si no se solicita la renovación?
La Orden también aclara una cuestión que hasta ahora generaba dudas.
Si el interesado no solicita la renovación dentro del plazo previsto, la habilitación perderá su vigencia.
En ese supuesto, para volver a ejercer como instructor de tiro deberá seguir el procedimiento que corresponda conforme a la normativa aplicable, lo que puede implicar la necesidad de volver a acreditar determinados requisitos antes de recuperar la habilitación.
Este sistema pretende evitar que permanezcan habilitados profesionales que hayan dejado de reunir las condiciones exigidas para desempeñar una actividad con una elevada responsabilidad en materia de seguridad.
Un modelo basado en la actualización permanente
La introducción de una renovación periódica sitúa a los instructores de tiro en un modelo similar al existente en otras profesiones relacionadas con la seguridad, donde la actualización continua constituye un requisito indispensable para mantener determinadas habilitaciones profesionales.
Más allá de su dimensión administrativa, esta medida persigue reforzar la confianza en el sistema y garantizar que quienes forman al personal armado mantienen un nivel técnico acorde con la evolución normativa y operativa del sector.

5. La Orden regula por primera vez la suspensión y la pérdida de la habilitación
Si existe un apartado que marca un verdadero punto de inflexión respecto a la normativa anterior, es el régimen de suspensión y pérdida de la habilitación.
Hasta ahora, la regulación ofrecía escasas respuestas sobre qué ocurría cuando un instructor dejaba de reunir las condiciones necesarias para ejercer sus funciones o cometía irregularidades durante el desarrollo de los ejercicios de tiro.
La Orden INT/25/2026 llena ese vacío estableciendo un procedimiento detallado que distingue claramente entre la suspensión temporal y la pérdida definitiva de la habilitación, fijando además los mecanismos para su recuperación.
El objetivo no es únicamente sancionar determinadas conductas, sino garantizar que quienes dirigen los ejercicios de tiro mantienen en todo momento la competencia técnica y profesional que exige una actividad especialmente sensible para la seguridad de los participantes.
Suspensión temporal de la habilitación
La Guardia Civil podrá acordar la suspensión temporal cuando el instructor deje de reunir las condiciones necesarias para ejercer sus funciones o incurra en determinados incumplimientos previstos en la Orden.
Entre los principales supuestos destacan:
- Tener suspendida la licencia de armas o las armas retiradas.
- Tener caducada la habilitación como instructor de tiro.
- Demostrar falta de pericia durante la formación del personal de seguridad privada.
- Evidenciar un conocimiento insuficiente en el manejo de las armas utilizadas en los ejercicios.
- Permitir la participación en prácticas de tiro a personas que no estén autorizadas.
- Incumplir las obligaciones y normas de actuación establecidas para los instructores.
- Falsear, aunque sea de forma involuntaria, los resultados o puntuaciones de los ejercicios.
- Mostrar una falta de competencia en la dirección de la línea de tiro.
- Dirigir prácticas sin reunir las condiciones psicofísicas exigidas.
- Mantener conductas que comprometan la seguridad o la integridad de los participantes.
La inclusión expresa de estos supuestos constituye una de las principales novedades de la Orden, ya que dota de mayor seguridad jurídica tanto a la Administración como a los propios instructores.
Dos niveles de gravedad
La norma diferencia entre infracciones de distinta entidad.
Las conductas menos graves podrán dar lugar a suspensiones de hasta seis meses.
Cuando el incumplimiento genere un riesgo relevante para la seguridad durante los ejercicios de tiro, la suspensión podrá alcanzar entre seis meses y tres años.
Durante ese periodo el instructor deberá entregar su tarjeta de habilitación y no podrá desarrollar ninguna de las funciones propias de esta especialidad.
Esta graduación permite adaptar la respuesta administrativa a la gravedad de cada caso y evita aplicar idénticas consecuencias a conductas de muy distinta naturaleza.
¿Cómo puede recuperarse la habilitación?
La Orden no se limita a regular las sanciones.
También establece el procedimiento para recuperar la habilitación una vez finalizado el periodo de suspensión.
En los supuestos menos graves, el instructor deberá acreditar nuevamente su competencia durante el siguiente ejercicio supervisado.
Cuando la suspensión haya tenido mayor duración o responda a incumplimientos más relevantes, además deberá repetir la parte práctica de la formación previa antes de demostrar nuevamente que reúne las condiciones necesarias para ejercer.
Si no consigue superar este procedimiento en los plazos previstos, la suspensión podrá transformarse en una pérdida definitiva de la habilitación.
Pérdida definitiva de la habilitación
La Orden reserva las consecuencias más severas para aquellos supuestos en los que el instructor deja de cumplir requisitos esenciales o incurre en conductas especialmente graves.
La pérdida definitiva podrá producirse, entre otros casos, cuando:
- El propio instructor solicite voluntariamente su baja.
- Le sean revocadas todas las licencias de armas.
- Pase a tener antecedentes penales relacionados con el ejercicio de sus funciones.
- No consiga recuperar la competencia exigida tras una suspensión temporal.
- Falsee deliberadamente o permita falsear los datos, resultados o puntuaciones de los ejercicios de tiro.
En estos casos, la Administración retirará definitivamente la tarjeta acreditativa y tramitará el correspondiente expediente administrativo, garantizando al interesado el derecho de audiencia y la posibilidad de formular alegaciones o interponer los recursos que procedan.
La Orden añade además una consecuencia especialmente relevante: en determinados supuestos, quien pierda definitivamente la habilitación deberá realizar nuevamente toda la formación previa, superar otra vez las pruebas oficiales y, cuando la pérdida derive de la imposibilidad de recuperar la competencia profesional, esperar tres años antes de poder solicitar una nueva habilitación.
Un cambio que incrementa la responsabilidad del instructor
Desde un punto de vista práctico, este nuevo régimen supone uno de los mayores avances de la Orden INT/25/2026.
Por primera vez se establece un sistema completo que no solo regula cómo se obtiene la habilitación, sino también cómo puede suspenderse, recuperarse o perderse definitivamente.
La consecuencia es evidente: el instructor de tiro deja de ser únicamente un profesional habilitado para impartir formación y pasa a estar sometido a un control permanente sobre su competencia técnica, su comportamiento profesional y el cumplimiento de las obligaciones inherentes a una actividad que afecta directamente a la seguridad del personal armado de la seguridad privada.
Con ello, el Ministerio del Interior refuerza las garantías del sistema y traslada un mensaje claro al sector: la habilitación ya no será un reconocimiento permanente, sino una condición que deberá mantenerse durante toda la vida profesional mediante el cumplimiento continuado de los requisitos establecidos en la normativa.
6. La Orden define con precisión las funciones del instructor de tiro
La Orden INT/25/2026 no solo regula el acceso y la permanencia en la habilitación, sino que también delimita de forma mucho más clara cuáles serán las funciones que deberá desempeñar el instructor de tiro durante los ejercicios obligatorios del personal de seguridad privada.
Aunque muchas de estas tareas ya se realizaban en la práctica, hasta ahora no estaban recogidas de forma tan detallada en una norma con rango de orden ministerial. La nueva regulación dota de mayor seguridad jurídica a esta figura y aclara cuáles son sus responsabilidades durante el desarrollo de las prácticas de tiro.
En la práctica, el instructor deja de ser un mero supervisor de la actividad para convertirse en el principal responsable de la organización, dirección y control de los ejercicios, así como de la seguridad de todos los participantes.
Dirigir los ejercicios de tiro
La función principal del instructor será dirigir los ejercicios de entrenamiento y de calificación que realizan los vigilantes de seguridad armados y, cuando proceda, los guardas rurales que porten armas durante el desempeño de sus funciones.
La Orden establece además que, en ausencia de un instructor de tiro habilitado, únicamente podrán asumir esta responsabilidad los jefes de seguridad que dispongan también de la correspondiente habilitación como instructores.
Con ello se garantiza que la dirección de los ejercicios recaiga siempre sobre profesionales específicamente cualificados.
Verificar las condiciones de seguridad
Antes del inicio de cada sesión, el instructor deberá comprobar que tanto la galería como el campo de tiro reúnen todas las condiciones de seguridad exigidas por la normativa vigente.
Entre otras comprobaciones deberá verificar que:
- Las instalaciones son adecuadas para el tipo de ejercicio previsto.
- Los blancos corresponden al ejercicio autorizado.
- Las armas se encuentran en correcto estado de funcionamiento.
- Ninguna de las armas permanece cargada o municionada antes del comienzo de la práctica.
Esta labor preventiva resulta esencial para minimizar riesgos y evitar accidentes durante el desarrollo de los ejercicios.
Garantizar el cumplimiento de la normativa
Otra de sus responsabilidades será asegurar que toda la actividad se desarrolla conforme a la legislación vigente y a las instrucciones dictadas por el Ministerio del Interior y la Guardia Civil.
Durante las prácticas deberá resolver las incidencias que puedan producirse, adoptar las medidas necesarias para preservar la seguridad y velar por el estricto cumplimiento de las normas de actuación.
De este modo, el instructor se convierte también en garante del correcto desarrollo del ejercicio desde el punto de vista legal y operativo.
Controlar la línea de tiro
La nueva Orden concreta también el número máximo de participantes que podrá dirigir cada instructor.
Como regla general, cada instructor será responsable de una única línea de tiro formada por un máximo de diez tiradores.
No obstante, de forma excepcional, podrá autorizarse una línea de hasta veinte participantes, siempre que las condiciones de la instalación lo permitan y exista autorización expresa del personal supervisor de la Guardia Civil.
Esta limitación pretende garantizar que el instructor pueda ejercer un control efectivo sobre todos los participantes durante el desarrollo de los ejercicios.
Registrar oficialmente los resultados
La Orden atribuye igualmente al instructor la responsabilidad de comprobar y registrar las puntuaciones obtenidas por cada participante, identificando además el arma utilizada durante el ejercicio.
Toda esta información deberá reflejarse en la documentación oficial prevista por la normativa y entregarse posteriormente al personal supervisor de la Guardia Civil.
En los ejercicios de calificación también deberá elaborar la relación de aquellas armas que no tengan adjudicatario para registrar correctamente los resultados obtenidos en las pruebas de fuego.
Velar por el correcto desarrollo de toda la actividad
Más allá de las funciones técnicas, el instructor será el máximo responsable del desarrollo general del ejercicio.
Esto implica supervisar permanentemente la actividad, atender cualquier incidencia que pueda producirse, adoptar decisiones cuando resulte necesario y garantizar que todas las actuaciones se desarrollan conforme a los protocolos de seguridad establecidos.
En definitiva, la Orden convierte al instructor de tiro en una figura clave dentro del sistema de formación del personal armado de seguridad privada, atribuyéndole un conjunto de responsabilidades mucho más amplio que el existente hasta ahora.
7. El SEPROSE se convierte en el eje del nuevo sistema de formación y habilitación
Si existe una institución cuyo protagonismo aumenta claramente con la aprobación de la Orden INT/25/2026, esa es la Guardia Civil y, en particular, el Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE).
Aunque este órgano ya desempeñaba funciones relacionadas con la seguridad privada, la nueva regulación sistematiza y amplía sus competencias, situándolo como la autoridad responsable de supervisar prácticamente todas las fases del procedimiento de formación y habilitación de los instructores de tiro.
No se trata únicamente de un mayor control administrativo. La intención del Ministerio del Interior es centralizar la supervisión para garantizar que el sistema funcione bajo los mismos criterios en todo el territorio nacional.
Elaboración del programa formativo
Una de las funciones más relevantes será aprobar el contenido de los programas oficiales de formación.
Aunque la Orden establece la estructura mínima que deberán tener los cursos, será la Dirección General de la Guardia Civil quien determine las materias concretas que deberán superar los aspirantes en cada convocatoria oficial.
Con ello se pretende adaptar periódicamente los contenidos a las necesidades operativas y a la evolución normativa del sector.
Organización de las pruebas oficiales
La Guardia Civil será también la responsable de convocar las pruebas de habilitación, fijar el calendario, designar los órganos de evaluación y supervisar el desarrollo de todo el proceso selectivo.
De esta manera se garantiza que todos los aspirantes sean evaluados conforme a los mismos criterios objetivos.
Supervisión permanente de los centros de formación
Otra de las competencias que adquiere especial relevancia es la inspección de los centros autorizados.
El SEPROSE podrá comprobar en cualquier momento que:
- Las instalaciones continúan reuniendo las condiciones exigidas por la Orden.
- El profesorado mantiene la acreditación correspondiente.
- Los cursos se desarrollan conforme al programa oficial.
- Se respetan todas las condiciones de funcionamiento declaradas inicialmente.
Este sistema de inspección continua representa uno de los principales mecanismos de garantía de calidad introducidos por la nueva regulación.
Evaluación y acreditación del profesorado
La Guardia Civil también asumirá la evaluación del profesorado mediante la Comisión de Valoración prevista en la Orden.
Solo quienes obtengan dicha acreditación podrán impartir la formación oficial necesaria para acceder a la habilitación como instructor de tiro.
Este procedimiento permitirá unificar los criterios de selección del profesorado y elevar el nivel técnico de la enseñanza.
Expedición, renovación y control de las habilitaciones
El SEPROSE será igualmente el órgano encargado de tramitar la expedición de las tarjetas de habilitación, gestionar las renovaciones periódicas y verificar que los instructores mantienen todos los requisitos legales, técnicos y psicofísicos exigidos por la normativa.
La Orden convierte así a la Guardia Civil en la autoridad que supervisará todo el ciclo de vida de la habilitación, desde su obtención hasta su eventual pérdida.
Control disciplinario
Otra de las novedades más relevantes es que corresponderá al SEPROSE iniciar y tramitar los procedimientos de suspensión o pérdida de la habilitación cuando detecte incumplimientos durante el ejercicio de las funciones del instructor.
Con ello se refuerza el control sobre la actividad y se dota al sistema de un mecanismo específico para corregir aquellas conductas que puedan comprometer la seguridad durante los ejercicios de tiro.
Un modelo más homogéneo, transparente y profesional
La Orden INT/25/2026 no se limita a crear nuevos requisitos para los instructores. También reorganiza el papel de la Administración y centraliza las funciones de supervisión en un único órgano especializado.
Desde la elaboración de los programas formativos hasta la acreditación del profesorado, la inspección de los centros, la expedición de las habilitaciones o la tramitación de los procedimientos disciplinarios, el SEPROSE pasa a convertirse en el verdadero eje del nuevo modelo.
Con esta reorganización, el Ministerio del Interior pretende reforzar la calidad del sistema, garantizar criterios homogéneos en toda España y aumentar la seguridad jurídica tanto para los instructores como para los centros de formación y las empresas de seguridad privada.
La consecuencia práctica es clara: el nuevo modelo apuesta por una mayor profesionalización de la formación, un control administrativo más completo y una supervisión continua de todos los actores implicados en la preparación del personal armado de la seguridad privada.
¿Cuándo entra en vigor la Orden INT/25/2026?
La Orden INT/25/2026, de 19 de enero, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2026, fecha a partir de la cual comenzarán a aplicarse los nuevos requisitos para la formación, habilitación, renovación y control de los instructores de tiro de seguridad privada.
Hasta ese momento, el sector dispone de varios meses para adaptarse a las nuevas exigencias administrativas y organizativas previstas en la norma.
La entrada en vigor no solo afectará a quienes deseen obtener la habilitación por primera vez, sino también a los centros de formación y a los profesionales que ya desarrollan esta actividad, quienes deberán atender al régimen transitorio previsto por la propia Orden.
El texto íntegro puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se recogen todos los requisitos, procedimientos y disposiciones aplicables o en nuestra sección de Legislación de Seguridad Privada.
¿A quién afecta realmente esta nueva Orden?
Aunque la reforma gira en torno a la figura del instructor de tiro, su alcance es mucho mayor.
La Orden INT/25/2026 tendrá consecuencias directas o indirectas para varios actores del sector de la seguridad privada.
Futuros instructores de tiro
Son los principales destinatarios de la reforma.
A partir de septiembre de 2026 deberán realizar el nuevo curso oficial, superar las pruebas de habilitación y cumplir los requisitos establecidos por la nueva normativa.
Instructores ya habilitados
Los profesionales que ya disponen de habilitación deberán adaptarse al nuevo sistema cuando corresponda renovar su acreditación, manteniendo además todos los requisitos técnicos, administrativos y psicofísicos exigidos por la Orden.
Centros de formación
Serán probablemente uno de los colectivos más afectados.
Deberán revisar sus procedimientos internos, adaptar sus instalaciones cuando resulte necesario, acreditar oficialmente a su profesorado y cumplir las nuevas obligaciones de comunicación e inspección previstas por la norma.
Empresas de seguridad privada
Aunque la Orden no modifica directamente la prestación de los servicios de seguridad, las empresas que cuentan con personal armado deberán asegurarse de que la formación de sus vigilantes continúa realizándose bajo las nuevas condiciones establecidas por el Ministerio del Interior.
Vigilantes de seguridad armados
Para ellos no cambian las obligaciones relacionadas con los ejercicios de tiro.
Sin embargo, sí cambia el sistema mediante el cual serán formados y evaluados, ya que los instructores encargados de dirigir esas prácticas estarán sometidos a un modelo mucho más exigente.
Análisis: una reforma que va más allá de la formación
La Orden INT/25/2026 no introduce únicamente nuevos requisitos administrativos.
En realidad, supone un cambio de modelo.
Durante años, la regulación de los instructores de tiro descansaba sobre resoluciones e instrucciones administrativas que habían quedado parcialmente superadas por la evolución de la seguridad privada y por la propia Ley 5/2014.
La nueva Orden reúne en un único texto todos los elementos esenciales del sistema:
- quién puede acceder a la habilitación;
- cómo debe formarse;
- quién puede impartir esa formación;
- qué requisitos deben cumplir los centros;
- cuáles son las funciones del instructor;
- cómo se renueva la habilitación;
- cuándo puede suspenderse o perderse.
Esta sistematización aporta una mayor seguridad jurídica para todos los operadores del sector y facilita la aplicación uniforme de la normativa en todo el territorio nacional.
Además, la reforma incrementa notablemente la responsabilidad del instructor de tiro, que deja de ser un mero responsable de las prácticas para convertirse en una figura sometida a un control continuo durante toda su vida profesional.
¿Qué beneficios puede aportar esta reforma?
Aunque el incremento de requisitos supondrá un mayor esfuerzo tanto para instructores como para centros de formación, la nueva regulación también presenta ventajas importantes.
Entre ellas destacan:
- Mayor homogeneidad en la formación de los instructores.
- Incremento de la calidad docente.
- Más transparencia en los procedimientos de habilitación.
- Mejor control sobre los centros de formación.
- Mayor seguridad durante los ejercicios de tiro.
- Reducción de interpretaciones diferentes entre provincias.
- Refuerzo de la seguridad jurídica para empresas e instructores.
- Supervisión continua por parte de la Guardia Civil.
En conjunto, la Orden apuesta claramente por un modelo basado en la profesionalización, la actualización permanente y el control de calidad.
Preguntas frecuentes sobre la Orden INT/25/2026
¿Cuándo entra en vigor la Orden INT/25/2026?
Entrará en vigor el 1 de septiembre de 2026.
¿Quién deberá realizar el nuevo curso?
Todas las personas que deseen obtener por primera vez la habilitación como instructor de tiro.
¿La Orden publica el temario del curso?
No.
La Orden únicamente establece la estructura y las características mínimas de la formación.
El contenido concreto será aprobado por la Dirección General de la Guardia Civil en cada convocatoria oficial.
¿Cuánto durará la habilitación?
Cinco años.
Finalizado ese periodo deberá solicitarse su renovación.
¿Qué ocurre si no se renueva?
La habilitación perderá su vigencia y será necesario seguir el procedimiento previsto por la normativa para volver a ejercer.
¿Quién supervisará el nuevo sistema?
La Guardia Civil, a través del Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE), asumirá un papel central en la supervisión de los centros de formación, la acreditación del profesorado, la organización de las pruebas oficiales y el control de las habilitaciones.
Conclusión
La aprobación de la Orden INT/25/2026 representa una de las reformas más importantes que ha experimentado la formación del personal armado de seguridad privada desde la entrada en vigor de la Ley 5/2014.
La norma no modifica las obligaciones de los vigilantes respecto a los ejercicios de tiro, pero sí redefine completamente el sistema mediante el cual serán formados quienes tienen la responsabilidad de prepararles.
Curso previo obligatorio, nuevos requisitos para los centros de formación, acreditación oficial del profesorado, renovación periódica de la habilitación, regulación expresa de las funciones del instructor y un mayor protagonismo del SEPROSE son algunos de los pilares sobre los que se construye este nuevo modelo.
En definitiva, el Ministerio del Interior apuesta por una formación más homogénea, un mayor control administrativo y una supervisión continua de todos los actores implicados. El objetivo es reforzar la profesionalización del sector, incrementar las garantías de seguridad durante los ejercicios de tiro y asegurar que los futuros instructores desarrollen su labor bajo unos criterios comunes en todo el territorio nacional.
