Los expertos aconsejan que, ante un caso de este tipo, se contacte primero con el administrador de la comunidad o el presidente de la finca para intentar identificar al responsable y buscar un acuerdo. Si no es posible, lo recomendable es denunciar los hechos ante la Policía.
El Código Penal, en su artículo 245.2, tipifica la ocupación de inmuebles que no sean morada con penas de multa de entre tres y seis meses. Sin embargo, los plazos judiciales suelen ser largos, lo que genera frustración en los propietarios. Las asociaciones vecinales insisten en evitar soluciones por la fuerza, ya que podrían agravar el conflicto legal.
Un problema cada vez más presente
Los datos del Ministerio del Interior revelan que en 2023 se registraron más de 15.000 casos de usurpación o allanamiento de inmuebles en España. Aunque el CIS indica que solo un 0,9% de la población lo considera un asunto prioritario, un sondeo de la OCU refleja otra realidad: un 34% cree que la okupación es un problema serio, un 19% asegura conocer algún caso cercano y un 2% afirma haber sido víctima directa.
La extensión de este fenómeno a las plazas de garaje supone una nueva amenaza para los propietarios y abre otro frente en una cuestión que gana peso en la agenda social y política.
